Qué hacer en caso de denegación total o parcial
La Ley de Cantabria 1/2018, de 21 de marzo, de Transparencia de la Actividad Pública, señala en su artículo 12 las causas por las que tu petición de información puede no admitirse:
En el caso de que no admitieran tu solicitud de información, el organismo al que se dirigió la misma, deberá justificar la causa por la que ha sido inadmitida. Para saber más sobre las causas de inadmisión, puedes ver los criterios elaborados por el Consejo de Transparencia y Buen Gobierno.
Puede ocurrir que se admita tu solicitud, se inicie la tramitación y luego te denieguen todo o parte de la misma. Esto es posible porque el derecho de acceso a la información pública tiene que respetar unos límites y unos intereses protegidos. La Ley de Cantabria 1/2018, de 21 de marzo, de Transparencia de la Actividad Pública enumera esos límites en el artículo 8, mientras que en el 14 protege la intimidad de las personas y por tanto su privacidad según ordena la Ley Orgánica de Protección de Datos.
Si te deniegan una información porque la Administración pondera a favor de un límite o causa de inadmisión, se puede reformular la pregunta de otra forma. Si tiene dudas, puedes realizar cualquier consulta en el correo electrónico transparencia@cantur.com.
Si te deniegan la información, Cantabria y el Consejo de Transparencia y Buen Gobierno han firmado un convenio para la resolución de reclamaciones (ver convenio). De esta manera, es este organismo independiente el encargado de resolver tu reclamación. Allí revisarán tu petición de información y decidirán si la información que solicitas es pública y, por tanto, hay obligación de facilitártela. Por otro lado, si ha pasado más de un mes desde que formulaste tu solicitud y no has recibido respuesta, también puedes reclamar ante el Consejo de Transparencia y Buen Gobierno, que resolverá si existe obligación de facilitarte lo solicitado.
La reclamación se recoge en el artículo 18 de la Ley de Cantabria 1/2018, de 21 de marzo, de Transparencia de la Actividad Pública Para presentar una reclamación ante el Consejo de Transparencia y Buen Gobierno hay que tener en cuenta que: